sábado, 31 de enero de 2015

Manifiesto de Mediadores por la Tolerancia y la Paz

En estos tiempos actuales, cuando la violencia fanática golpea y causa dolor y sufrimiento, es difícil mantener los ánimos serenos, y es cuando mas serenos tenemos que tener los ánimos.  
La gente de bien desea la convivencia en paz, sin adscripciones hostiles de ningún tipo, ni distingos de razas, creencias, edades o géneros, todos con una idea en común, la VOLUNTAD de querer convivir en Paz, y resolver los conflictos que conlleva la vida diaria con comprensión, tolerancia,  la tan manida hoy libertad de expresión, que debe ejercerse bajo parámetros de respeto al otro,  asertivamente, aplicando la empatía para ponerse en el lugar del otro, difícil reto... sí, cuando el corazón y la sangre hierven por hechos, que unos estiman de unas formas y otros justifican de otra.. solamente la VOLUNTAD  de querer resolver… La tolerancia es el secreto de la vida social. “Si vis pacem, para bellum"   “ Si quieres la paz, prepárate para la guerra “.

Esta ha sido la mentalidad de los países  en su historia . En nuestra realidad actual, y en la consciencia de que la paz absoluta es una quimera aún inalcanzable, porque nunca pasó un solo día de paz absoluta en el mundo, en toda su historia,  el deseo perenne de los hombres y mujeres es  convivir  en  armonía social.

En nuestra realidad cotidiana de ciudadanía, debemos decirnos: “Si vis pacem para pacem” , "Si quieres la paz, prepárate para la paz.”


La Mediación de Conflictos se basa en la VOLUNTAD de las partes, si los contendientes tienen verdadera voluntad.. cualquier conflicto está en vías de solución.

Solo pedimos Voluntad para hablar, para respetar, para comprender, para tolerar, y mientras exista un ápice de voluntad, las palabras siempre ganarán a las guerras.

Las armas de la paz  no son las armas de la preparación de las guerras. Tu tolerancia y mi comprensión llevará al mundo por sendas diferentes a los enfrentamientos, los conflictos, problemas y diferencias, pueden ser resueltos con armas de paz.. la mediación de conflictos se basa en buenas voluntades.

EL conflicto interpersonal es consustancial al ser humano, por el conflicto se llega al cambio, incluso al progreso, a la superación, por la senda siempre del respeto al semejante, de la escucha activa, de la empatía,  de la tolerancia, creando un espíritu de pacificación social.

Los mediadores y mediadoras de conflictos queremos manifestar nuestro absoluto rechazo a la violencia  fanática, opresora,  nos solidarizamos con los que sufren las barbaries y los abusos de poder, y ofrecemos a la sociedad nuestras herramientas, nuestros instrumentos para canalizar en vías de paz, de comprensión y de respeto, los conflictos cotidianos de nuestras vidas, tendiendo puentes de ayuda y acercamientos entre las partes enfrentadas.

Un día 21 de enero de 1998 se aprobaba en Europa un documento fundacional de la Mediación familiar, a través de la Recomendación nº 98, aprobado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa, en su 616ª reunión de Delegados.

Desde entonces, se viene celebrando este día como el Día Europeo de la Mediación de Conflictos. La mejor forma válida de asentar la paz, la convivencia armónica de forma permanente, es por el respeto y la tolerancia al otro. Ante el conflicto, la mejor resolución es por mediación.                            

Si tu también quieres suscribirlo contáctanos: mediacionporderecho@gmail.com

jueves, 29 de enero de 2015

Lectura recomendada....de Andrew Floyer Acland

Otra recomendación. En esta ocasión del autor Andrew Floyer Acland y el libro es "Cómo utilizar la mediación para resolver conflictos en las organizaciones". Editorial Paidós.


Cómo utilizar mediación para resolver conflictos en organizaciones
Se divide en tres partes:

  • El método de la mediación. Se ocupa de explicar los motivos por los cuales constituye un complemento útil a los pleitos y a los arbitrajes como medio para resolver las disputas, y situaciones conflictivas en las que la mediación resulta especialmente adecuada. 

  • Análisis del conflicto. Se examinan los orígenes y causas comunes de conflicto, la relación del conflicto con el cambio, los tipos de poderes utilizados en el conflicto, el papel de la agresividad, y algunas de las conductas que se ponen de manifiesto durante el conflicto.

  • Las nueve etapas de la mediación. Frente a las 3 fases de Daniel Bustelo, las 6 de Thelma Butts, Andrew Floyer menciona 9 etapas, que estructura así:


En la etapa 5: del caos al orden se refiere a las pautas de conducta, en función de si da más importancia a las metas o a las relaciones, construyendo el siguiente mapa de conducta:


En la etapa 6 se ocupa de las posiciones e intereses y del análisis D.A.F.O.

Con preguntas como:


• ¿Cuáles son los puntos fuertes de su caso?
• ¿Cuáles son sus puntos débiles?
• ¿Qué criterios objetivos está utilizando para determinar el valor de su caso?
• ¿Qué podría lograr en los tribunales?
• ¿Qué podría socavar o destruir su argumento?

Una lectura interesante, que es didáctica, práctica y entretenida.

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sábado, 24 de enero de 2015

I Congreso de Mediación de la Abogacía

Los días 11, 12 y 13 de marzo de 2015 tendrá lugar el I Congreso de Mediación de la Abogacía, que organiza el Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (CEMICAB).

En este certamen se tratarán temas relacionados con el papel del abogado en el proceso de mediación y las fórmulas alternativas para la resolución de conflictos. El evento también contará con una sesión de debate sobre la derivación judicial de una mediación y un simposio sobre la mediación mercantil, penal, civil-privada o en materia de consumo y laboral.
Entre otros aspectos, además, se hará hincapié en las habilidades de este procedimiento para el ejercicio de la abogacía y los acuerdos internacionales relacionados con las funciones de la mediación en el secuestro internacional de menores.
Foto: Cemicab

viernes, 23 de enero de 2015

Lectura recomendada de....Helena Cornelius y Shoshana Faire

El primer libro que leí sobre resolución de conflictos es "Tú ganas, yo gano", todo un clásico. Ediciones Gaia.

Se divide en doce capítulos, en los que se desgranas herramientas, que no reglas, según dicen las autoras. 

Tú ganas/yo gano:realiza una introducción al conflicto, ofreciendo una visión del mismo como oportunidad, para pasar posteriormente a mencionar  los indicios del mismo, de la crisis, la tensión, malentendidos, incidentes a la incomodidad. Si se aprende a reconocer los indicios de incomodidad a los incidentes y se tratan enseguida, muchas veces se podrá evitar la tensión, el malentendido y la crisis. Únicamente se consigue la máxima tú ganas/yo gano si se respetan las necesidades de todas las partes en conflicto.

Respuesta creativa: conseguir cambiar el chip y ver que los problemas pueden transformarse en posibilidades u oportunidades para el cambio, para el crecimiento personal, para crecer el autoestima, etc.

Empatía: nos invita a conocer las herramientas de la comunicación, entre ellas la empatía y la escucha activa.


Asertividad apropiada: nos lleva a la máxima, duro con el problema, blando con la persona.

El poder cooperativo: frente a la confrontación, otra forma de disolver las luchas de poder. En vez de trabajar "contra", trabajar "con".

Manejar las emociones: conocerlas para afrontarlas y lograr un cambio efectivo.

El deseo de resolver: es un factor clave en la resolución de conflictos, ya que a veces la decisión de resolver un problema puede requerir un cambio interno.

Trazar el mapa del conflicto: nos ayuda a realizar un esquema con todos los factores en juego para obtener una visión común.

Crear opciones: crear juntos soluciones creativas.

Negociación: presenta estrategias efectivas para llegar a un acuerdo.

Mediación: ayuda los demás a comprenderse a sí mismos y a construir soluciones.

Ampliar las perspectivas: ver el problema desde un contexto más amplio y de un período de tiempo más extenso.

Al texto se unen anécdotas, ejercicios, esquemas de gran utilidad, así como unas ilustraciones muy simpáticas.

Absolutamente recomendable para aquellos que quieran iniciarse en el ámbito de la resolución de conflictos.

Si te ha interesado, compártelo, GRACIAS.

miércoles, 21 de enero de 2015

¿En qué trabajas?: Soy mediador

Hoy es 21 de enero. Y algunos de vosotros os preguntaréis ¿y?. Pues que hoy se conmemora el día de la mediación.



La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la define así:

"Artículo 1. Concepto. Se entiende por mediación aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador".

En un día como hoy conviene reflexionar sobre la adecuada formación de los mediadores, siendo que la Ley 5/12, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles expone al respecto:

"Artículo 12. Calidad y autorregulación de la mediación.El Ministerio de Justicia y las Administraciones públicas competentes, en colaboración con las instituciones de mediación, fomentarán y requerirán la adecuada formación inicial y continua de los mediadores, la elaboración de códigos de conducta voluntarios, así como la adhesión de aquéllos y de las instituciones de mediación a tales códigos".

Por su parte el Reglamento (Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles) menciona en el preámbulo:


"No se establecen requisitos estrictos o cerrados respecto a la configuración de esa formación, los cuales con carácter general han de estar relacionados con la titulación del mediador, su experiencia profesional y el ámbito en que preste sus servicios. De éstas dependerá la formación que haya de recibir un mediador para contar con la preparación necesaria".

Ahora bien, sí establece una serie de mínimos en cuanto al contenido de la formación:



Artículo 4. Contenido de la formación del mediador.1. La formación específica de la mediación deberá proporcionar a los mediadores conocimientos y habilidades suficientes para el ejercicio profesional de mediación, comprendiendo, como mínimo, en relación con el ámbito de especialización en el que presten sus servicios, el marco jurídico, los aspectos psicológicos, de ética de la mediación, de procesos y de técnicas de comunicación, negociación y de resolución de conflictos.


En mi opinión, para ejercer como mediador sería conveniente (por no decir necesario) contar con más horas de formación (teóricas y prácticas) que las que exige el citado Reglamento, que son 100 horas de docencia efectiva, de las que al menos el 35% han de ser prácticas. 


La formación y buen hacer de los mediadores es sin duda la mejor publicidad de la mediación. Si los resultados son positivos, se irá conociendo y aconsejando y poco a poco irá calando en los posibles usuarios. En caso contrario, se estará retrocediendo y alejando a los posibles usuarios de esta A.D.R. 


A aquellos que están formándose, les animo a continuar haciéndolo y a iniciar el camino cuando estén convencidos de que su caja de herramientas está provista de todo lo necesario para iniciar un proceso de mediación. Es nuestra responsabilidad como profesionales. 



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martes, 13 de enero de 2015

Hally Berry y ex no se ponen de acuerdo ¿por qué no van a mediación?

Después de haber compartido la vida, ilusiones y de haber tenido hijos en común, muchas parejas tras la ruptura no saben resolver las diferencias desde el diálogo y el respeto e inician una batalla campal. 

Un buen ejemplo lo encontramos en el caso de la actriz Halle Berry y su ex, el modelo Gabriel Aubry. Después de haber litigado por la custodia de su hija, por el importe de la pensión de alimentos, el enésimo desencuentro deriva de un cambio de color y alisado del pelo de ésta, que terminó en el juzgado. La decisión judicial fue: "que no le cambien el look original de la niña", es decir, ni teñir ni alisar.





                                                                   Fuente: latino.foxnews.com


Existen ocasiones, como puede ser la planteada en que las partes en conflicto se anclan en el pasado, es decir, en el rol de pareja y olvidan el de padres, llevando cualquier situación, por mínima que pueda ser, a una guerra en la que la que una parte gana y la otra pierde, cuando no pierden los dos (además de los hijos, siempre perdedores en este tipo de conflictos).

¿Por qué sucede esto?. Porque se mueven en el ámbito de las posiciones y para poder trabajar y alcanzar una solución ganar/ganar (win to win) se han de descubrir los intereses y necesidades

Esta es labor de los mediadores. Descubrir qué subyace a lo que cada parte expone y qué intereses son comunes a ambos (ejemplo el bienestar de sus hijos). 

  • Las posiciones: es lo que expresan o afirman. 
  • Los intereses: es lo que desean. 
  • Las necesidades: es lo que deben tener. No siempre se verbalizan. 

Además es importante trabajar la escucha activa y la empatía, para entender qué es lo que piensa y siente la otra persona al respecto, qué es lo importante y lo que no. Poniendo el énfasis en el futuro, horizonte al que dirigimos la vista en todo proceso de mediación.

Sin duda la vía judicial contenciosa está ahí, y en ocasiones es necesario acudir a ella (que os voy a decir, soy abogada), pero sobre todo en los procedimientos de familia, donde existen relaciones que han de mantenerse en el tiempo (aunque solo sea por los hijos), la opción de la mediación familiar parece la más acertada, acudiendo, en su caso, a la vía judicial para ratificar el acuerdo de mediación, al que el abogado habrá dado forma de convenio regulador.

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viernes, 9 de enero de 2015

Lectura recomendada......de Rubén Calcaterra

Siguiendo con los posts sobre lecturas recomendadas no puedo dejar de mencionar un libro de Rubén Calcaterra.

¿Quién es Rubén Calcaterra?: según su propio perfil en la red Linkedin: https://www.linkedin.com/in/04112034




Abogado, Mediador, Negociador y Formador de Formadores en Mediación.Profesor de grado y de posgrado de la Facultad de Derecho de la UBA, Profesor de la Maestría en Ciencia de la Legislación y Governance Política de la Universidad de Pisa, Italia, que se dicta en las Facultades de Derecho de la Universidad de la República, Uruguay y de la Universidad del Salvador, Argentina. Docente, Director de Tesis e integrante de Tribunales de Tesis en la Maestría Interdisciplinaria en Administración y Resolución de Conflictos de la Universidad Nacional del Nordeste. Profesor titular de Liderazgo y Negociación de la Universidad CAECE. Consultor por Concurso del Programa (BID)–(FOMIN)–(CAC) “Red Nacional de Centros de Mediación y Arbitraje Comercial Cámara de Argentina de Comercio. Conferencista invitado por el Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña y por las Universidades de Gerona, España y de Sonora, México. Ex Director del Curso de Formación en Análisis y Gestión de Conflictos y ex Director del Instituto de Gestión y Resolución de Conflictos del Colegio Abogados San Isidro. Presidente de la Fundación CEMFA. Director del equipo de docencia e investigación del modelo de Análisis y Gestión Estratégica de Conflictos, Departamento de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de la UBA. Coordinador General del Seminario Permanente de Investigación Remo F. Entelman del Instituto Ambrosio Gioja de la misma Facultad. Autor de numerosas publicaciones de la especialidad y del libro “Mediación Estratégica”, Editorial Gedisa, Barcelona, abril de 2002. Ex Conjuez de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Su trabajo le valió el premio al mejor trabajo de la especialidad otorgado por la Universidad Nacional de Tres de Febrero durante el año 2009 y la distinción por antecedentes otorgada por la Maestría Latinoamericana Europea en Mediación y Negociación, por el Instituto Kurt Bosch de Suiza y la Embajada de ese País en la Argentina. Especialidades:Derecho de Familia, Empresas de Familia, Negociación y Mediación



¿Cuál es el libro? "Mediación estratégica", de la editorial Gedisa.


Se divide en tres grandes capítulos: propedéutica, las partes y el mediador, el proceso y varios anexos.


a).- Propedéutica: se refiere a la mediación como metáfora y como proceso, mencionando las características y principios que la definen. Expone la teoría del conflicto y la teoría del caos, refiriéndose en este punto a la negociación, con sus tipos así como a los dilemas que se plantean (dilemas del prisionero y del negociador).


b).- Las partes y el mediador: interesante la mención al mediador como agente del cambio.


c).- El proceso: estructura el proceso en diversas etapas, que a su vez tienen diferentes pasajes. Desgrana las técnicas utilizadas en cada una de ellas y que debemos manejar de forma estratégica.



De imprescindible lectura cada uno de ellos.Si te resulta interesante compártelo, GRACIAS.

domingo, 4 de enero de 2015

¿Nos lo podéis traer Reyes Magos?

Queridos Reyes Magos:



Obra de Hans Memling

Como nos hemos portado muy bien, os pedimos lo siguiente:

Nada de tasas judiciales
Más justicia
Más mediación
Más igualdad
Más solidaridad
...

Esperamos que seáis generosos. No es solo para nosotros, sino para compartir.



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viernes, 2 de enero de 2015

Mediación y Código Deontológico del Abogado

Hoy por hoy la mediación se va haciendo un hueco, bien es verdad que de forma desigual por el territorio nacional y básicamente ubicada en el ámbito intra-judicial, es decir, cuando el procedimiento judicial se ha iniciado. 

Los datos estadísticos y los juzgados que apuestan por ella (en las distintas jurisdicciones) se encuentran publicados en la página web del Consejo General del Poder Judicial en el siguiente enlace (http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Mediacion/Datos-estadisticos/Mediacion-intrajudicial-en-Espana--datos-2013).

Es importante, sin duda, contar con servicios o centros de mediación intra-judicial, que traten de poner fin al proceso judicial a través de una solución amistosa, mediante un Auto de homologación del acuerdo de mediación, en su caso.

Ahora bien, entiendo que debiera potenciarse la mediación extrajudicial, es decir, la que se realiza sin la existencia de un procedimiento judicial. 

Las ventajas son evidentes:

  • Facilita la resolución del conflicto, ya que las posiciones no están tan polarizadas.
  • Reduce el tiempo de resolución.
  • Controla el resultado obtenido.
  • Mantiene o restablece las relaciones entre las partes en conflicto.
  • Reduce costes.
  • Etc...

Para ello es necesario que los letrados facilitemos a nuestros clientes información sobre las distintas vías de resolución de conflictos que están a disposición de las partes, valorando los beneficios de cada una de ellas y la idoneidad de una u otra apuesta, todo ello en atención a lo dispuesto en el Código Deontológico, en su artículo 13.9º.e), que establece que se ha de poner en conocimiento del cliente: "la evolución del asunto encomendado, resoluciones transcendentes, recursos contra las mismas;posibilidades de transacción, conveniencia de acuerdos extrajudiciales o soluciones alternativas al litigio". 



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